La división de clases de la sociedad prohibida por nuestra Constitución | AlMomento.Net

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EL AUTOR es periodista. Reside en Santo Domingo.
El artículo 39 de la Constitución, sobre los derechos civiles y políticos de los dominicanos, es claro y tajante: “todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos
familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal”.
Y remata: “La República condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos, entre quienes no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus talentos o de sus virtudes”.
La simple lectura de este artículo de la Constitución debe bastar para romper los estadios de discriminación que ejercen sectores de poder, principalmente económico de la nación, que con acciones cotidianas van dividiendo la sociedad entre los ‘que tienen y los que no tienen’, entre ‘banquitos y negritos’, entre ‘popis y tigueres’.
En discotecas, restaurantes y bares los casos son recurrentes. Pero como nadie hace ‘nada’ se dan casos como el de la semana pasada con la joven que quería celebrar su cumpleaños en un restaurant de ‘nombre’ de la zona residencial más alta de la capital, pero fue impedida de entrar porque peinaba trenzas.
La división de clases de la sociedad no sólo prohibida por nuestra Constitución, sino que constituye un peligroso concepto que puede cobrar situaciones difíciles si ello fomenta el odio, el desprecio, la retaliación.
Un peligroso camino que en este siglo es inconcebible, que debe ser denunciado y erradicado.
JPM
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