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Aborto terapéutico

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La gran mayoría de los dominicanos estamos en contra del aborto per se, pero hay casos excepcionales donde los ginecólogos, por malformación del producto o complicaciones que derivan en gravedad en la madre, sugieren la interrupción del embarazo, como única forma de salvar su vida. Ya la mayoría de los países hicieron conciencia sobre esa eventualidad y la ciencia médica dispone de legislación legal para proceder con el protocolo terapéutico correspondiente.

En los países avanzados, de igual manera, ya los hombres de ciencia disponen de luz verde para proceder ante una dama embarazada producto de una violación sexual, daño del cual, psicológicamente, algunas nunca se reponen.

Si esa mujer, por encima del daño sufrido, como suele ocurrir en la República Dominicana, no puede tomar siquiera la decisión de desembarazarse, porque el Art. 37 de la Constitución se lo impide, solo se le está dejando el camino de la depresión, trastornos psicológicos y posible suicidio.

Que sean los psicólogos y psiquiatras que hablen sobre el tema, no los cristianos, porque nada saben en torno a la materia.

Es asunto de la ciencia médica –y su gran diversidad de especialidades—sugerir el procedimiento a seguir en una adolescente de 13 años que ha sido embarazada por un hermano mayor o cualquier otro miembro de la misma familia.

El incesto es una verdadera tragedia, porque esa niña carece no solo de madurez mental sino de sus propios órganos reproductores.

¿Qué argumentos pueden levantar las iglesias para oponerse a un aborto que los médicos señalan que es terapia única, para que ese angelito pueda continuar estudiando y recomponer su vida con miras al futuro?

El suscrito ha conversado con ginecólogos y escucho cuando hablan de las complicaciones a que se expone toda mujer que resulta embarazada.

Algunas sufren de presión alta, infecciones, preeclampsia, parto prematuro, depresión, ansiedad, aborto espontáneo, mortinatalidad, entre otras complicaciones. Felizmente la mayoría, la gran mayoría, logra cumplir el ciclo y tener un producto saludable.

Sin embargo, nuestras mujeres necesitan protección legal ante las justificadas tres causales del aborto. Por el momento esa protección no sería posible en el nuevo Código Penal ni en ninguna otra ley, como la de salud, porque estaría contrariando la Constitución de la República, en su Artículo 37, el cual establece: “El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte…” Ese artículo podría quedarse intacto, solo habría que agregar los casos de excepción en que puede permitirse anteuna eventual reforma constitucional, escuchando a los especialistas de la salud previamente.

Naturalmente, el aborto terapéutico siempre sería un tema polémico. Su prohibición viene de la Constitución del 2010, auspiciada por el doctor Leonel Fernández, presidente de la República para la ocasión. Y el texto del Art. 37 fue elaborado por el cardenal Nicolás de Jesús López Rodríguez, uno de los hombres más influyentes en la vida política nacional, hasta el 4 de julio de 2016, fecha en que fue destituido como arzobispo de Santo Domingo, por supuestas presiones ante La Santa Sede por un poderoso país de nuestro continente.

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