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Santo Domingo.- A partir de ahora será el Ministerio de Defensa que dispondrá qué militares podrán ocupar posiciones de directores y subdirectores, así como otra responsabilidad de similar jerarquía. Así lo dispuso el presidente Luis Abinader mediante el decreto 361-21.
Con esa iniciativa, el Poder Ejecutivo modificó los artículos 2, 3 y 4 del decreto 261-16, que instruía a los comandantes generales de las Fuerzas Armadas a que sometan a la consideración del Ministro de Defensa los candidatos a ostentar posiciones de directores o subdirectores.
En su artículo 2, el decreto señala que los comandantes generales propondrán al Ministerio de Defensa los oficiales superiores de comando que a su entender deban ostentar los cargos de dirección.
Para ocupar dichos cargos, los militares deberán cumplir tres requisitos: tener más de 25 años en la institución, haber cumplido el curso en Estado Mayor correspondiente y cumplir con el perfil definido en cuanto a capacidad, experiencia profesional, formación académica o técnica, condiciones morales y éticas, así como las demás que se establecen reglamentariamente.
En artículo 3 establece que los comandantes generales propondrán al Ministerio de Defensa los oficiales superiores de comando que a su entender deben ostentar los cargos de subdirección o cualquier otra responsabilidad, los cuales deberán cumplir los requisitos de tener más de 20 años en la institución, haber realizado el curso avanzado de infantería o plana mayor y cumplir con el perfil definido en cuanto a la capacidad y experiencia.
Mientras que el 4 expresa que los oficiales candidatos para ostentar el cargo de director o subdirector quedan exceptuados de haber realizado el curso de comando y estado mayor, pero que deben poseer un título universitario.
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