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Ley Extinción de Dominio pondría freno a corrupción – El Nacional


La Ley de Extinción de Dominio se constituirá en un freno para el poder económico de la corrupción administrativa y el crimen organizado en la República Dominicana y  la normativa tocará todos los bienes e intereses mal habido, afirmó esta mañana el vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), Servio Tulio Castaños Guzmán.

Explicó que los rigores de esta ley se aplicarán directamente contra los bienes adquiridos por las personas de manera ilícita, sin que para ello tenga que mediar un juicio.

“Para que  me entienda  la Ley de Extinción de dominio es una herramienta concebida para combatir el poder económico de la delincuencia organizada, eso es bueno que se sepa, y se fundamenta  en el párrafo 6 del artículo 51 de la Constitución que tiene que ver con el derecho de propiedad”.

Agregó que “se enfoca en la persecución de los bienes de origen y destinación ilícita por eso es que tu ve que no requiere del agotamiento previo de otros procesos, no lo requiere, aun cuando haya sido iniciada con una acción penal, claro esto no afectará a tercero que estén ajeno a la ilegalidad, eso es bueno tenerlo claro, es decir, se trata de una acción independiente de la responsabilidad penal del afectado, eso es bueno tenerlo claro, es una acción contra los bienes adquiridos ilegalmente o utilizado para conductas ilícitas”.

Agregó que constituye en una acción autónoma contra los bienes que se crearon sobre la base de actividades ilícitas.

Al mismo tiempo advirtió que la pieza tiene que garantizar que no será utilizada por ningún sector como un instrumento de persecución política para los contrarios políticamente hablando.

Explicó que la Ley de Extinción tiene que ser aprobada porque está contemplada en el artículo 51 de la Constitución de la República.

Castaños Guzmán explicó que la extinción de dominio es una herramienta concebida para combatir el poder económico de la delincuencia organizada, eso es bueno que se sepa, y se fundamenta  en el párrafo 6 del artículo 51 de la Constitución que tiene que ver con el derecho de propiedad”.

Destacó que la normativa tiene que ser aprobada porque se trata de un mandato constitucional.

“Igualmente la figura de la extinción de dominio está fundamentada en convenciones de la Organización de las Naciones Unidas y en convenciones internacionales contra la corrupción, es decir, hay una tendencia de que los países están tratando de aprobar legislaciones que puedan contribuir a la lucha vuelvo y reitero contra el crimen organizado”, resaltó.

Informó que el Grupo de Acción Financiera Internacional está pidiendo que los países puedan decomisar los bienes provenientes del narcotráfico y del lavado de activo sin la necesidad de una condena penal, “por eso es que se habla de que la naturaleza de la extinción de dominio ni es civil ni es penal, ni siquiera cae en el derecho público, se trata de una acción de naturaleza autónoma”.

“Por eso es que tu ve que desde el Estado se podría iniciar la extinción de dominio sin importar si se da o no la acción penal, ahora lo que hay que procurar es que desde no se abuse utilizando esta figura de manera desproporcional, y el funcionario competente para iniciar la extinción de dominio es el Ministerio Público”, consideró Castaño Guzmán.

El pasado 27 de julio tras la firma de un acuerdo con la embajada de los Estados Unidos, el presidente Luís Abinader, declaró que esperaba que se aprobara la Ley de Extinción de Dominio para comenzar a recuperar los bienes del Estado robado.





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