Opiniones

Salario mínimo por tamaño empresa


En la más reciente entrevista televisiva del presidente Luis Abinader, el pasado 19 de mayo, expresó que previo a la discusión del pacto fiscal debía llevarse a cabo un reajuste salarial, que restituyera el poder de compra que habían perdido los asalariados por efecto de la inflación acumulada desde el último aumento del salario mínimo, hace casi dos años.

La propuesta del mandatario hace sentido desde el punto de vista de la secuencia que deberían de seguir las decisiones de políticas económicas para desembocar en la celebración de un pacto fiscal. Sería políticamente absurdo pensar en aumentar la tributación en un escenario donde la población ha visto mermar sus ingresos de manera significativa por efecto de aumentos de precios que, aunque no son responsabilidad del gobierno, afectan por igual la capacidad de compra de los ciudadanos que, al final, es lo que importa.

Sin embargo, más allá del buen deseo del presidente y de la pertinencia de su propuesta, hasta el presente las condiciones económicas prevalecientes en el país no auguran una respuesta fácil a la pérdida de poder de compra de los ciudadanos, lo que allanaría el camino para que el gobierno pueda continuar avanzando en el cumplimiento de su objetivo último, la aprobación del pacto fiscal.

Salario mínimo y evolución de la inflación

El próximo 9 de agosto se cumplirán dos años del último reajuste del salario mínimo del sector privado no sectorizado, que son los más relevantes de la economía. Según la disposición del Comité Nacional de Salarios, las remuneraciones mínimas a los trabajadores debían ser como sigue:

Empresas con instalaciones o existencias, o el conjunto de ellas, sean iguales o excedan RD$4,000,000, el salario mínimo debía ser de 17,610; empresas con instalaciones o existencias, o el conjunto de ellas, excedan los RD$2,000,000 pero no superen los RD$4,000,000, de 12,107.00; empresas con instalaciones o existencias, o el conjunto de ellas, que no excedan los RD$2,000,000, de 10,730, por lo que el promedio simple de salarios mínimos en empresas privadas sería de 13,482.

Desde agosto de 2019 hasta abril del presente año, la inflación acumulada alcanzó 10.2 %. Para los meses de mayo, junio y julio podría esperarse una inflación similar al promedio mensual de febrero-abril/2021 de 0.56 %, incluso podría ser menor, ya que las autoridades mantienen subsidios a productos fundamentales de la canasta familiar como las carnes de pollo y cerdo, así como a los combustibles y no existen razones para pensar que se modificará esta política o que, por el contrario, no se profundice en los meses previos a una discusión de reajuste del salario mínimo.

En un escenario como el previamente descrito, se estima que la inflación acumulada al mes de agosto, cuando se prevé podría iniciarse la discusión en el Comité Nacional de Salario, se situaría en un rango entre 11% y 12%. El monto del reajuste salarial solo por la inflación acumulada parecería asequible para el sector privado si se compara con el 14 % del último reajuste, excepto por la situación de crisis económica que aún se manifiesta y que pondría a sindicatos, empresarios y gobierno frente al dilema de decidir entre pérdidas de empleos y aumento salarial.

Impacto positivo de un aumento salarial

Un aumento del salario mínimo en el sector privado no sectorizado beneficiaría a más de 786,690 personas y a más de 243,816 en el sector público, siempre que el incremento se limite al segmento de empleados por debajo del salario mínimo. En total, 1,030,506 empleados, alrededor del 20 % de la fuerza laboral. El efecto fiscal podría ser neutro, por las mayores recaudaciones resultantes del aumento de las ventas y los aranceles y tributos asociados a las mismas.

Además del impacto redistributivo favorable, el incremento del salario mínimo contribuiría a fortalecer la demanda agregada de bienes y servicios y como resultado a consolidar la recuperación de la economía. Un aumento de un 12 % del salario mínimo incrementaría la masa salarial de los empleados de menores ingresos, en más de RD$7,000 millones solo en agosto-diciembre de este año, de los cuales más de RD$5,400 millones corresponden al sector privado.

Aparato productivo y empleo

Al mes de abril de 2021, la Tesorería del Sistema de la Seguridad Social reportó 95,540 empleadores con trabajadores activos, una variación interanual de 38.4%. Aún si se elimina el mes de abril, en el primer trimestre del año la cantidad de empleadores reflejó un crecimiento positivo respecto al mismo período de 2020.

Sin embargo, las cifras de la Superintendencia de Pensiones arrojan un comportamiento fluctuante del mercado de trabajo formal durante el primer cuatrimestre de 2021. La cantidad de cotizantes en el mes de enero fue de 1,652,224, mostrando una caída de 95,216 respecto a diciembre de 2020. Posteriormente, en febrero y marzo se registraron aumentos de 102,295 y 47,465 con relación al mes precedente, para volver a caer en abril en 63,170.

Las condiciones del mercado de trabajo formal no reflejan por el momento una tendencia creciente y sostenible al fortalecimiento del aparato productivo a través de la creación de puestos de trabajos estables y no existen evidencias para afirmar que en el mercado informal las condiciones sean mejores. Esto invita a reflexionar sobre los efectos potenciales en la destrucción de empleos, que provocaría un aumento del salario mínimo en las condiciones presentes de la economía.

Alternativa

Una opción que podrían explorar sindicatos, empresarios y gobierno es la celebración de un pacto para reajustar el salario mínimo por una proporción de la inflación acumulada y así mitigar sus potenciales efectos negativos en el mercado laboral. El ajuste de la parte restante se diferiría un año, con el compromiso de compensar la totalidad de la inflación acumulada en el transcurso de ese período.

Esta alternativa tendría la ventaja, además, de que permitiría recoger los aumentos de precios que inevitablemente generaría una reforma fiscal y el sector asalariado no tendría que esperar hasta el 2023 para discutir un nuevo reajuste mediante la convocatoria del Comité Nacional de Salarios.



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