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N. JERSEY: Corte falla en contra dominicano sospechosos asesinato


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Nestor Francisco Canela Lopez

UEVA JERSEY.- La división de Apelaciones de la Corte Superior de Nueva Jersey dictaminó que la policía no está obligada a informar a inmigrantes sospechosos de delitos de que su cooperación con las autoridades podría afectar a su estatus migratorio.

«No se puede ni se debe esperar que los agentes del orden público predigan con precisión el impacto migratorio que tendrá la declaración de un sospechoso sobre posibles cargos que aún no se han presentado», indicó el juez Richard J. Geiger, que redactó la decisión.

En ese fallo, la corte estuvo de acuerdo con otro emitido por un tribunal inferior que decidió que los Derechos Miranda -por los que la policía advierte a los sospechosos sobre su derecho a permanecer en silencio y obtener un abogado- son protección suficiente para las personas que están siendo interrogadas, según el medio newjerseymonitor.com.

El juez precisó que los oficiales no están obligados a comunicar a los sospechosos que sean inmigrantes indocumentados que deben consultar con un abogado de inmigración antes de cooperar, ni advertirles de que sus declaraciones podrían resultar en la deportación u otra acción de inmigración en su contra.

La corte emitió esta decisión después de que el obrero de construcción dominicano Nestor Francisco Canela Lopez, de 40 años,  apelara su condena de 50 años por un asesinato cometido en el 2015.

Francisco enfrenta además una orden de detención de las autoridades de inmigración.

Cuando la policía identificó a Canela Lopez como sospechoso por primera vez, un detective de la policía de Newark (Nueva Jersey) le leyó sus derechos en español, su idioma nativo, tras lo cual el dominicano renunció a su derecho a un abogado y accedió a hablar con los investigadores, según documentos judiciales que cita newjerseymonitor.com.

Canela Lopez admitió que cometió el asesinato pero alegó defensa propia.

El inmigrante apeló su condena y sentencia alegando que los detectives «lo engañaron» al asegurar que su cooperación no afectaría su estatus migratorio y que, en consecuencia de ese supuesto engaño, sus declaraciones a la policía deberían haber sido inadmisibles en el juicio.

Con su decisión el juez Geiger reiteró la condena y reafirmó la actuación de la policía de Newark, que leyó correctamente a Canela Lopez sus derechos Miranda (en español) y que éste renunció a esos derechos «a sabiendas, inteligentemente y voluntariamente» antes de hacer su declaración.



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