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Ve decreto sobre medicinas viola soberanía país


El vocero del bloque de senadores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Yván Lorenzo, calificó esta mañana como violatorio de la soberanía el decreto 58-23 emitido  por el presidente Luís Abinader el  pasado 16 de febrero, en el que ordena al Ministerio de Salud Pública homologar en no más de 48 horas todos los medicamentos procedentes de los Estados Unidos y de Europa.

Explica que los medicamentos a homologar son los aprobados por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA) o la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), autoridades reguladoras que pertenecen al Consejo Internacional de Armonización de Requisitos Técnicos para Productos de uso Humano.

El artículo 6 de dicho decreto establece que “la Dirección de Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS) del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social,  verificará los requisitos presentados y emitirá en un plazo no mayor de dos días laborables, el número  del registro sanitario al producto farmacéutico solicitado para homologación”.

Criticó la celeridad con que el jefe Estado ordena que el Ministerio Salud Pública registre los medicamentos que proceden Estados Unidos y Europa y dijo que es una medida que lacera nuestra soberanía nacional.

“Lo que te puedo decir es que sigue siendo comprometida la soberanía nacional cuando el Presidente emite un decreto que ordena homologar todos los medicamentos provenientes de los Estados Unidos en 48 horas en franca violación a la Constitución y a los tratados de libre comercio”, sostuvo Lorenzo.

Lorenzo que entregó  copia del derecho 58-23 dijo que “eso es como violar, comprometer nuestra soberanía nacional”.

El también miembro del Comité Político del PLD demandó del presidente de la República que al momento de tomar decisiones pensar en el interés nacional, antes que lo foráneos.

Lamentó que lo mismo trató de hacer con el proyecto de trata de persona, en el que supuestamente imponía el cobro de impuestos a empresas nacionales y a ciudadanos para beneficiar a migrantes ilegales.

En el párrafo único del artículo 6 del decreto se precisa que el número del registro sanitario  es el que deberá aparecer en el material de empaque para su comercialización,  una vez se emita el reconocimiento definitivo.





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